Comites de ética
LOS COMITES DE ÉTICA ASISTENCIAL (CEA)
Los CEA se configuran como órganos
multidisciplinares, de carácter consultivo, cuyos fines son asesorar a los
usuarios y a los profesionales sanitarios o no sanitarios del centro concreto, ya
sea público o privado, analizando los problemas éticos
para mejorar la calidad asistencial, formar en la bioética a los profesionales del centro y miembros del propio CEA y proponer protocolos y guías de actuación en distintas materias conflictivas.
La labor de un CEA no se restringe al ámbito
sanitario ya sean hospitales o clínicas públicas o privadas, sino que en la
actualidad se está produciendo una expansión de los comités de ética a otro
tipo de instituciones que no son propiamente de asistencia sanitaria, tales
como residencias geriátricas o
instituciones sociales debido a la sensibilización ante los problemas
éticos que se producen en las relaciones y en la asistencia en este nivel. Por
ello se ha ampliado la denominación de CEA
tanto a los comités de ética de la asistencia sanitaria como los de asistencia no
sanitaria.
a) Resolución de las consultas planteadas y elaboración de informes que
orienten a los profesionales, usuarios o familiares que lo soliciten. Para ello
es necesario una preparación grupal para una toma de decisiones rápida, eficaz
y eficiente en el menor tiempo posible gracias a una lograda coordinación
decidora y por el uso de métodos de toma de decisiones en grupo.
b) Formación bioética de sus miembros, del personal del centro y de
personas externas a su ámbito: para ser miembro de un CEA no es tan importante
la formación bioética previa como el deseo de aprenderla. Solo después de
aprender se puede enseñar a otros.
c) Dar directrices sobre temas relacionados con la política médica (sanitaria)
o asistencial (no sanitaria) del centro y elaboración de guías, protocolos e
informes en aquellas cuestiones de interés dentro del área de actuación, como
consejo sobre elaboración y corrección de consentimientos informados en las
distintas áreas especializadas del centro sanitario o protocolos de actuación en centros no sanitarios, pero
de atención a personas.
En cuanto a la composición de un CEA, su número variara dependiendo de la
actividad del centro, con un mínimo de la siguiente representación: médicos,
enfermeras/os, un adjunto/a al Director o Gerente, u otro cargo administrativo,
un representante de la confesión religiosa más practicada, un abogado bioético experimentado en asuntos médicos, un usuario
que pueda expresar las expectativas de este colectivo y los consultores
necesarios, para cada caso, sin que tengan que ser sanitarios. En este sentido
es importante la determinación del proceso de selección de nuevos candidatos,
su modalidad de acceso; el proceso de relación fluida entre sus miembros; la
importancia de mantener al grupo humano que lo constituye lejos de sesgos o
intereses ajenos a una buena atención sanitaria o no sanitaria y al cuidado del
personal del centro y su independencia y su objetividad en la toma de
decisiones.
La periodicidad de sus reuniones estará en función
de la actividad del centro médico o asistencial
que se trate. Así se pueden fijar la
celebración de reuniones periódicas ordinarias una vez al mes, nombrándose una
comisión de urgencia para la resolución de forma inmediata de las cuestiones
que se plantearan con carácter de resolución inminente y previéndose la
modalidad de reunión extraordinaria en un plazo de 24 horas desde su
convocatoria.
Los informes emitidos por los CEA a pesar de no
tener un carácter vinculante, si supone una herramienta significativa en la
toma de decisiones, tanto en el ámbito sanitario como no sanitario, pues aunque
sus informes no sean jurídicamente vinculantes, suponen una especie de
documento técnico emitido por profesionales cualificados que asumen la
responsabilidad de lo que emiten y, desde una perspectiva jurídica, porque los
informes de los CEA son considerados como elementos necesarios para el
desarrollo jurisprudencial adaptado al momento histórico y sensible con la
realidad medica contemporánea en su emisión.
La importancia de los CEA, tanto en el sector
sanitario como asistencial y tanto en el ámbito privado como en el publico, se
encuentra en el soporte que constituye para la toma de decisiones, tanto de los
usuarios como del personal del centro, que normalmente son quienes más lo
utilizan para adoptar soluciones ante conflictos éticos que no solo evitan
acudir a los tribunales para dirimir conflictos sino que también, por su
carácter multidisciplinar, sirven para adoptar soluciones más equitativas,
eficaces y eficientes que satisfacen mejor las necesidades de las partes
interesadas.
Comparto tu idea de la importancia de tener un CEA, tanto en instituciones públicas como privadas como medio para resolver conflictos en la relación entre el personal sanitario o asistencial y los usuarios. Evitan muchas
ResponderEliminarcausas judiciales, como tu bien sabrás, ya que eres un experto en esta materia, como veo por tu post y perfil.